Las organizaciones abajo firmantes hacemos de conocimiento de la ciudadanía lo siguiente:

 

  • EL día 11 de noviembre del 2020, el congresista Omar Chehade presentó el Proyecto de Ley N° 6639/2020-CR, que modifica los artículos 3, 7, 12 e incorpora disposiciones transitorias a la Ley N° 27446, “Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental”
  • El día 12 de noviembre del 2020, el congresista Alexander Lozano Inostroza presentó el Proyecto de Ley N° 6641/2020-CR “Proyecto de Ley que crea condiciones para desarrollar sosteniblemente la minería aurífera aluvial amazónica como principal actividad económica alternativa ante el impacto del COVID-19”
  • El día 13 de noviembre del 2020, el mismo congresista Lozano, a través de sus redes sociales, anuncia el retiro voluntario de dicho proyecto de ley para replantearlo, más no archivarlo. Horas más tarde, se anuncia el retiro por el portavoz del partido Alianza para el progreso del proyecto de ley del congresista Chehade.

 

Ante esta situación, el Observatorio de Minería Ilegal y Actividades Vinculadas en Áreas Claves de Biodiversidad hace llegar las siguientes observaciones sobre los mencionados proyectos de ley:

1. Ante el contexto de pandemia y de delicada situación económica que enfrenta el país, hay una necesidad de mejorar la calidad de vida de todos los peruanos, pero esta se tiene que dar a través de actividades económicas responsables del patrimonio natural de la Amazonía.

2. La visión de sostenibilidad del autor del proyecto de ley N° 6641/2020-CR es preocupante, ya que claramente no se están reconociendo los impactos ambientales que dicha actividad minera genera:

  • al incentivar como requisito de formalización una simple declaración jurada de sostenibilidad ambiental (art. 7)
  • al dejar sin efecto el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1100, el cual prohíbe la utilización de artefactos y maquinarias como dragas en cuerpos de agua.
  • al permitir la extensión de las operaciones mineras de los operadores registrados en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) sin ningún estudio ambiental previo

3.  El proponente del PL, congresista representante de la región Madre de Dios, no toma en consideración la sentencia 00316-2011-PA del Tribunal Constitucional que confirma la prohibición de dragas y minería en los cuerpos de agua de todo el país.

4.Tampoco se reconocen los impactos negativos que puede traer el fomento de esta actividad minera, como son la trata de personas, el crimen organizado, el tráfico de drogas, la corrupción, entre otros.

5. En cuanto al Proyecto de Ley N° 6639/2020-CR, es preocupante el claro impulso hacia la regresión ambiental, al no aprobar de forma previa la certificación ambiental, desprotegiendo así el patrimonio de todos los peruanos, además de incentivar la regularización o adecuación de actividades informales o incluso ilegales, como sería el caso de la minería ilegal.

6.Saludamos el pronunciamiento de las autoridades encargadas de la gestión ambiental, como el ARA de Loreto, por mostrar públicamente su desacuerdo, así como hicieron distintos especialistas y organizaciones. Asimismo, invitamos al resto de entidades a velar responsablemente por la protección y gestión sostenible de nuestros recursos.

Debido a los puntos mencionados anteriormente, nos mantendremos vigilantes ante nuevos intentos de atentar en contra del patrimonio natural amazónico y la calidad de vida de todos los peruanos.

Suscribimos el presente pronunciamiento las siguientes organizaciones miembros del Observatorio de Minería Ilegal y Actividades Vinculadas en Áreas Claves de Biodiversidad:

  • Asociación Ecosistemas Andinos (ECOAN)
  • Asociación Peruana para la Conservación de la Naturaleza (APECO)
  • Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)
  • Practical Action
  • Rainforest Partnership Perú
  • Servicios Educativos, Promoción y Apoyo Rural (SEPAR)
  • Sociedad Zoológica de Fráncfort en Perú (FZS Perú)
  • Yunkawasi